Términos y Condiciones Generales
1 -Partes contratantes
1.1-La empresa que opere al anverso del remito de alquiler diario de autos, en adelante denominada locadora.
1.2-Persona jurídica a física firmante y correctamente identificada en el anverso del contrato de alquiler de autos en adelante denominado cliente.
2-Automotor alquilado
2.1-El auto que está siendo entregado en este acto de contratación, está debidamente caracterizado en el anverso del presente y se encuentra en perfectas condiciones de uso conservación y funcionamiento.
2.2-El cliente se hace responsable integralmente de Ia custodia tanto del automotor como de sus accesorios y documentos, hasta la efectiva devolución del mismo a Ia locadora, Ia que se efectivizará en las mismas condiciones en las que fue entregado. En el caso de existir faltantes el locatario deberá hacerse cargo del precio que fije Ia locadora por los mismos.
2.3-La locadora cede por este intermedio Ia guarda del vehiculo dado en locacion , quedando eximida de cualquier tipo de responsabilidad emergente del uso del rodado durante Ia vigencia del presente.
3-Ventajas otorgadas por la locadora
3.1-Cobertura parcial por danos materiales al vehiculo lacado con participación a cargo del cliente conforme el detalle adjunto: Tipos de franquicias.
A: Daños materiales (Robo, hurto, incendio, faltantes, etc.)
B: Robo Estereo o equipo de musica
C: Franquicia por apertura Airbags
Los valores de las franquicias son los expresados en el anverso del contrato.
3.2-Cobertura Contractual para danos a terceros (responsabilidad civil) hasta $3.000.000
Cualquier valor superior a Ia cifra cubierta será responsabilidad exclusiva del cliente.
3.3-Exención del recaudo de lucro cesante en cuanto al vehiculo locado siempre que el siniestro fuera inculpable a la locataria.
3.4-Cobertura de danos ocasionados al conductor por fallas atribuidas al vehiculo hasta el limite de $10000.
4-Obligaciones de las partes contratantes
4.1-Lal locadora se obliga a través de este contrato a 4.1.1 -Prestar, a través de sus centrales de mantenimiento y en horario comercial, asistencia técnico mecanica
4.1-El cliente se obliga con esta contratación a:
4.2.1-No infringir por si o por conductor autorizado, sea voluntaria o involuntariamente, cualquiera de las cláusulas y condiciones del contrato de alquiler.
4.2.2-No permitir Ia utilización del vehiculo a otro conductor que el debidamente individualizado coma autorizado en el contrato.
4.2.3-En caso de accidente, hurto, robo, incendio del automotor locado, notificar fehacientemente a ocurrido a Ia locadora todo ello en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de producido el hecho.
4.2.4-En los casos a que se refiere el punto anterior y en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas a contar del evento o desde el momento en que se tome conocimiento del hecho, formular Ia denuncia ante Ia repartición policial competente, requiriendo a respectiva constancia certificada, Ia que deberé ser entregada a Ia locadora al momento
de efectuar Ia denuncia administrativa del siniestro por ante Ia locadora. Dicho instrumento deberá ser suscripto par el titular del contrato o conductor autorizado, reservándose Ia Iocadora el derecho de requerir una nueva denuncia o descripción del siniestro, para Ia cual el locatario será citado oportunamente.
4.2.5-Solicitar, en caso de accidente de tránsito, Ia realización de las correspondientes pericias a Ia autoridad competente.
4.3-En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones expuestas en el punto 4.2 o en cualquiera de las condiciones pactadas. Si el cliente procediera con manifiesta negligencia en Ia custodia y uso de Ia unidad, especialmente si Ia dejare abandonada o estacionada con las puertas destrabadas o los vidrios bajos, llaves en el tambor de arranque, portón de garaje abierto, etc. procediera con culpa grave o dolo en caso de accidente de tránsito o cualquier otro evento que pueda involucrarlo, será responsable por los daños y perjuicios que provoque su accionar, facultando asimismo a Ia locadora a proceder a Ia rescisión del presente contrato y a los beneficias otorgados por los puntos 3.1 a 3.4.
4.4.1-La contravención a cualquier norma de tránsito provincial o nacional que origine perjuicios a terceros o al rodado alquilado, hará perder al cliente Ia protección contratada, haciéndolo responsable civil y penalmente de Ia que su conducta antijurídica provoque.
5-Otras condiciones de alquiler
5.1-Este contrato es personal e intransferible tomando al cliente coma guardián jurídico del automóvil locado, el que no podrá ser conducido por personas distintas a las autorizadas en este instrumento, baja pena de perder Ia protección contratada. En el caso de las empresas, las mismas se obligan por ese intermedio a facilitar a Ia Iocadora una listado con Ia nomina de las dependientes autorizados al manejo, quienes deberán estar amparados con una póliza por accidentes de trabajo contratada por el cliente. Asimismo el Locatario manifiesta par este medio su conformidad con los alcances de Ia póliza de Seguro contratada par Ia locadora.
5.2-El automóvil lacado no padre, baja ningún pretexto, utilizado para un fin distinto al destino especifico que consta en el Certificado de Registro y especificaciones del fabricante, pudiendo circular solamente en territorio nacional (salvo poder especial) y rutas habilitadas para tal fin. El no cumplimiento de lo aquí dispuesto, acarreará Ia rescisión anticipada y las consecuencias enumeradas en el punto 4.3.
6-Devolución del automóvil, plazos apropiación Indebida y devolución compulsiva por rescisión anticipada.
6.1-El automotor locado deberá ser reintegrado a Ia locadora en Ia fecha registrada en el casillero situada en el anverso de este instrumento e identificado coma devolución prevista”. Cualquier pedido de prorroga deberá ser solicitado por el titular del contrato personalmente a por escrito careciendo de validez cualquier comunicación telefónica al respecto. La falta de cumplimiento a Io aquí establecido otorgara el derecho a Ia Iocadora a promover Ia acciones penales pertinentes por apropiación indebida del rodado, sin necesidad de previa notificación.
6.2-Configurada ha apropiación indebida el cliente quedara sujeto a las sanciones penales y civiles que de ella deriven, cargando con todos los gastos judiciales a extrajudiciales que Ia locadora realice para Ia búsqueda, aprehensión y efectivo reintegro del auto alquilado.
6.3-En los casos de urgencias y por justos motivos que ocasionen una rescisión anticipada del contrato a que se refiere Ia cláusula 8, el auto debe ser devuelto a Ia locadora en el plazo fijado por Ia notificación pertinente, bajo pena de configurar una apropiación indebida.
6.4-El automóvil alquilado deberá ser devuelto a Ia agencia de contratación de alquiler. Sin embargo cualquiera de las casos previstos en esta cláusula Ia devolución del auto podre realizarse en cualquier otra agencia de Ia locadora estando a cargo del clientes los gastos de retorno de Ia unidad a Ia agencia de origen.
7-Gastos de alquiler y formas de cobranza
7.1-En el momento de Ia devolución del rodado, se procederá al cálculo de los gastos del periodo locativo en los términos y condiciones pactadas. Sin embargo pueden existir
debitos y créditos a cargo de cliente no reclamados por Ia empresa de inmediato. Por intermedio del presente, el cliente se compromete a abonar oportunamente las infracciones de tránsito cometidas, las diferencias de cálculo de alquiler eventualmente ocurridas,las indemnizaciones por daño, roturas o faltantes sufridas por el automóvil Iocado y daños a terceros, todo ello durante el período de vigencia del contrato de alquiler y posesión del rodado, siempre que se excedan los límites de las exenciones de pago y responsabilidades indemnizatorias que he fueran conferidas. Asimismo el cliente abonará las infracciones de tránsito recibidas posteriormente y originadas durante el período de alquiler.
7.2-El cliente será siempre responsable directo par los resarcimientos debidos a Ia locadora sin perjuicio del ejercicio de sus posibles derechos de repetición contra terceros causantes de los daños, como así también por los gastos y pagos que Ia locadora fuera obligada a realizar por su cuenta, por fuerza de solidaridad pasiva que pueda vincularla.
7.3-Cualquier pago debido a Ia locataria y efectuado con atraso será cargado de intereses por mora de acuerdo con las tasas bancarias usuales.
8-Rescisión contractual anticipada
8.1-Por justa causa y mediante notificación fehaciente con una anticipación mínima de 24 horas, el contrato suscripto podrá ser rescindido por cualquiera de las partes contratantes, sin perjuicio de los arreglos financieros pendientes.
9-Disposiciones finales
9.1-Las exenciones de responsabilidad indemnizatorias mencionadas en esta solicitud no implican la contratación de seguros por parte de la alquiladora. Significan tan solo que la Iocadora puede optar por asumir contractualmente gastos, perjuicios o responsabilidades indemnizatorias que eventualmente puedan derivar del uso y circulación del auto alquilado.
9.2-La locataria podrá a su exclusivo criterio, optar por la opción de contratar seguros facultativos de responsabilidad civil que cubra los valores a los montos de las exenciones de responsabilidades indemnizatorias que fueran contractualmente diferidas.
9.3-El cliente se vuelve responsable, civil y criminalmente por las declaraciones prestadas en el acto de firma del contrato de alquiler.
9.4-La locadora no se responsabilizara por objetos o valores olvidados en sus autos.
9.5-La locadora estará siempre autorizada a obtener informaciones personales de los clientes con las instituciones financieras y emisoras de tarjetas de crédito.
9.6-La falta de pago por parte del cliente del valor locativo estipulado lo haría incurrir en mora, haciéndole perder automáticamente la protección contratada.
Se considera tomando el seguro adicional si el recuadro en el remito al dorso está En este caso regirá lo siguiente: Por medio del presente el cliente toma conocimiento
para que para el caso de:
1 Robo o hurto del vehículo alquilado
2 Incendio
3 Faltantes
4 Rotura de neumático
5 Accidente o choque que dañe el vehículo alquilado
6 Cualquier tipo de daño causado al vehículo alquilado el cliente deberá hacerse cargo con su propio patrimonio hasta el monto de franquicia mencionado en la parte superior derecha del cuadro de arriba y cubrirá toda la suma que supere ese monto.
En aquellos casos en que el vehículo presente daños causados por cuestiones climáticas (ej. granizo) el cliente será responsable hasta el valor equivalente a la franquicia de robo. Asimismo, por medio del presente el cliente también toma conocimiento expreso que para el caso de vuelco, el cliente deberá hacerse cargo con su propio patrimonio hasta el monto de franquicia mencionado en la parte suprior derecho del recuadro de arriba. Yperdibira tambien directamente del locatario, el concepto de lucro cesante, el valor del día del alquiler de la unidad locada por cada día que dure esa situación, hasta tanto sea restituida la misma. Ello sin perjuicios de las demás obligaciones y clausulas previstas en este contrato
Exclusiones
1 Rotura del motor, debiendo en este caso el cliente abonar el monto total presupuestado por una concesionaria oficial 2 AirBag ante cualquier siniestro si se accionaran los airbag, deberán ser abonados en su totalidad por el cliente. El cliente abonara la totalidad de los rubros y los danos mencionados anteriormente el 100% del valor Por la presente Autorizo a Aries Rent a car S.A cuit 30714936723 a debitar directamente de mi tarjeta de credito el monto correspondiente Los instrumentos utilizados para APLICAR O NO EL COBRO DE LA FRANQUICIA, será los CHEQUEOS realizados durante la entrega y recepción del vehículo. De esto último deriva la extrema importancia que reviste la correcta, detallada y completa realización de los chequeos, para lo cual solicitamos su colaboración en el trabajo de auxiliar de flota.
Firmo en el, remito de alquiler al dorso y en conocimiento en todo lo anterior, aceptando las condiciones arribas expuestas, y quedo informado que EN TODOS LOS CASOS DE SINIESTROS, será de mi responsabilidad la presentación de la DENUNCIA POLICIAL correspondiente y completa la denuncia administrativa en referencia a lo ocurrido.
La presente solicitud se emite en el doble ejemplar, una para cada parte, dejando constancia el cliente que se queda en su poder con un ejemplar de la misma Para todos los efectos del presente, las partes constituyen domicilio en los indicados en el anverso del presente y se someten a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Junin de los Andes